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DERECHO AL TRABAJO

Posibilidad de participar libremente en las actividades de producción y de prestación de servicios a la sociedad y al disfrute de los beneficios obtenidos mediante estas actividades.

 

Primer derecho del Pacto por los Derechos Económicos, Sociales y Culturales:

Trabajadores tienen derecho a huelga.

 

 

 

Vacaciones

Vacaciones anuales

  • 30 días naturales por año.

  • No se puede cambiar vacaciones por dinero.

  • Solo en excepciones se pueden trasladar vacaciones de un año a otro.

  • Las bajas no quitan días de vacaciones.

Pago de días festivos

  • Carácter religioso o conmemorativo.

  • No más de 14  días al año.

  • Depende de la Comunidad Autónoma.

Día de descanso semanal

  • Un día y medio.

  • En casos excepcionales podrán acumularse durante 2 semanas.

  • Jóvenes – 36h seguidas.

 

 

 

 

Carta de Mujica a 'Los ocho de Airbus': "Penalizar el
derecho de huelga no eliminará la huelga"

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